Artículos de Interés

Artículos doctrinales de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

La necesaria formación de la administración concursal

La preparación de los profesionales que integran el órgano de la administración concursal es un aspecto fundamental para el correcto desarrollo del procedimiento judicial que va a iniciarse con la declaración del concurso de acreedores. Por esta razón, debe determinarse el nivel de exigencia en la formación de los referidos profesionales, tanto respecto al conocimiento específico de la materia concursal como en lo relativo a la preparación jurídica y económica de la que se parte en la elección de los candidatos.

Palabras claves: concurso de acreedores; administración concursal; formación; diligencia; Ley Concursal.

César Gilo Gómez
Abogado
Doctor en Derecho. Universidad de Salamanca

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 207 (abril 2018)

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La reforma del artículo 56.2 del Código Civil español (consentimiento matrimonial y deficiencias intelectuales, mentales y sensoriales)

Nuestro Código Civil, en su artículo 56.2, en la redacción anterior a la reforma dictada por la Ley 15/2015, se refería, en sede de celebración de matrimonio, al supuesto en el que alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias o anomalías psíquicas, exigiendo un dictamen médico sobre la aptitud, en tal supuesto, para la prestación de consentimiento matrimonial.
Dicho artículo 56.2 ha sido objeto de reforma, que entró en vigor en el pasado día 30 de junio de 2017, suprimiendo el legislador la dicción de «anomalías psíquicas», siendo reemplazada esa dicción por «deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales», manteniéndose la exigencia de dictamen médico sobre la aptitud para prestar el consentimiento y, por ende, para que el matrimonio sea válido.

Palabras claves: capacidad; incapacidad; consentimiento matrimonial; dictamen médico.

Aurelia María Romero Coloma
Doctora en Derecho
Abogada especializada en Derecho de Familia, Derecho de Sucesiones,
Responsabilidad Civil y Derechos Fundamentales de la Persona
Profesora del Máster de Acceso a la Abogacía. Universidad de Cádiz

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 207 (abril 2018)

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Los poderes adjudicadores no Administración pública ante la Ley de contratos del sector público (Ley 9/2017): Contratos menores y libertad de elección en los procedimientos de adjudicación

La Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público ha modificado la regulación aplicable a los poderes adjudicadores no Administración pública (sociedades mercantiles, fundaciones del sector público). El objeto de este trabajo se limita a examinar el alcance e interpretación del artículo 318 de la LCSP que regula la adjudicación de estas entidades, y donde se ha determinado cómo se adjudican los contratos inferiores a 15.000 euros (suministros y servicios) y 80.000 (obras), y los contratos por importe superior a dichos umbrales, pero no sometidos a regulación armonizada, así como la información que hay que publicar en el perfil del contratante. En concreto, se analiza la Recomendación de la Junta Consultiva de 28 de febrero de 2018 y de la Instrucción 3/2018 de la Abogacía General del Estado, que han dado soluciones que consideramos no ajustadas a Derecho. Se mantiene que las soluciones de los órganos consultivos van más allá en su interpretación de lo que la ley ha regulado. No se limitan a interpretar, sino que parecen convertirse en legisladores sin cumplir los procedimientos legales a los que la creación jurídica está sometida. En este trabajo se ofrece una interpretación alternativa, que tiene una incidencia muy significativa en el funcionamiento de los poderes adjudicadores no Administración pública.

Alejandro Blázquez Lidoy
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad Rey Juan Carlos

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El «reciente» modelo de utilidad

El objetivo de esta contribución es poner de relieve las principales novedades introducidas por la Ley 24/2015 referidas al modelo de utilidad y con relación a cómo estaba reglamentado en su precedente ordenación de la Ley 11/1986. A tal fin, se analizan e interpretan los requisitos positivos, el ámbito de actuación, las exclusiones, el procedimiento de concesión, así como la anulación, entre otros extremos. Derivado de la interpretación de la norma se extraen planteamientos positivos que colman algunas lagunas e insuficiencias habidas hasta el momento en torno al modelo de utilidad, de tal suerte que se proponen determinadas reflexiones de lege ferenda que incentivan la innovación, así como su aportación al éxito de las empresas. En especial, si tenemos en cuenta que el número de solicitudes de modelos de utilidad sigue incrementándose cada año.

Palabras claves: propiedad industrial; patentes; modelo de utilidad; innovación.

María Isabel Candelario Macías
Profesora Titular de Derecho Mercantil,
Universidad Carlos III de Madrid

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Régimen de la nulidad y anulabilidad aplicable a los actos de las Administraciones públicas cuando estas actúan con la condición de empresario

La finalidad de este artículo es concretar el régimen de revisión de los actos dictados por una Administración pública actuando en su condición de empresario en los supuestos de concurrencia de algún vicio determinante de su nulidad o anulabilidad. Se parte de la distinción, jurisprudencialmente admitida, entre dichos actos de naturaleza claramente laboral y los actos puramente administrativos, distinción que conlleva, por un lado, la inaplicación a los primeros de los instrumentos de revisión existentes en el ámbito del derecho administrativo, y, por otro lado, la atribución del conocimiento de las controversias que pudieran derivarse de los mismos al orden jurisdiccional social, haciendo especial referencia al nuevo proceso de lesividad introducido en el orden jurisdiccional social por la Ley 36/2011, reguladora de dicha jurisdicción.

Ana María Roldán Vives
Jefa de la Unidad de Planificación y Ordenación de los Recursos
Humanos de la Dirección General de la Función Pública de la
Administración Pública del Gobierno de Canarias

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El actual paradigma de tasas judiciales en el ordenamiento jurídico español (STC 140/2016, de 21 de julio)

Con este trabajo, se busca analizar y concluir cuál es el vigente régimen jurídico de la figura de la tasa judicial en nuestro Ordenamiento jurídico. En cuestión de cuatro años, la evolución legislativa que ha experimentado ha resultado meteórica, buen ejemplo de esa tantas veces advertida (y padecida) mala técnica legislativa que nos aboca a una modificabilidad normativa prácticamente estructural. De ahí que la normación introducida en 2012 culmine mediante el enjuiciamiento de su constitucionalidad en la Sentencia del Tribunal Constitucional 140/2016, de 21 de julio. Se propone la exposición valorativa de todo ese iter y el análisis crítico de los aspectos supérstites que tras esa resolución se han mantenido de la aludida figura tributaria.

Palabras claves: tasa; judicial; constitucional.

Eduardo Sánchez Álvarez
Profesor doctor asociado de Derecho Civil.
Universidad de Oviedo

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 206 (marzo 2018)

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La presencia de España en la construcción de la política exterior de la Unión Europea (2001-2012) (II)

A lo largo del presente trabajo se esboza el protagonismo de España, y el de los principales protagonistas españoles intervinientes, en el proceso de construcción de la política exterior de la Unión Europea desde la firma del Tratado de Niza hasta la entrada en vigor del Tratado de Lisboa y la primera puesta en aplicación de sus reformas. En todo este proceso, España participa finalmente con una voluntad común para construir una verdadera política exterior y una verdadera política de defensa, con la finalidad de posibilitar que la Unión siga siendo en el siglo XXI uno de los principales protagonistas del mundo global.

Palabras claves: Unión Europea; Convención Europea; política exterior; España; guerra de Irak.

Julio Guinea Bonillo
Profesor. Universidad Rey Juan Carlos

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 206 (marzo 2018)

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El tratamiento de las solicitudes de protección internacional en España a la luz del derecho internacional

Mediante este trabajo se pretende analizar la inercia mostrada en la práctica administrativa española a la hora de responder a las demandas de protección internacional planteadas. Para ello se indica que se han tomado como muestra cinco casos reales, resueltos durante el segundo semestre de 2016, que culminan en respectivas denegaciones. El examen del argumento planteado debe conducir a analizar la coherencia de la actuación administrativa de la Administración pública con la Ley, ya provenga del régimen jurídico internacional –general o regional– o del nacional, e integren en conjunto el sistema multinivel español en dicha materia.

Palabras claves: derechos humanos; derechos fundamentales; protección internacional; asilo.

Juan Luis Jiménez Ruiz
Profesor doctor. Departamento de Derecho Público y Común Europeo.
Área de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales.
Universidad de Jaén

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 206 (marzo 2018)

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A vueltas con la expropiación temporal del usufructo habitacional. Los casos de la Comunidad Valenciana y Extremadura

El objeto del presente trabajo consiste en abstraer las características principales de la legislación autonómica de expropiación temporal del uso de viviendas, por su previsión en Cataluña, Andalucía, Navarra, Canarias y el País Vasco, y recientemente en la Comunidad Valenciana y Extremadura. A estos efectos, se examinarán los elementos comunes de esta normativa, prestando una especial atención a las particularidades que presentan las últimas disposiciones aprobadas en la Comunidad Valenciana y Extremadura, y se emitirá una valoración de su encaje constitucional. Finalmente, se analizará el arrendamiento con opción de compra para evitar el lanzamiento del deudor hipotecario, articulado en la Comunidad Valenciana como paso previo a la expropiación temporal del usufructo de viviendas.

Palabras claves: expropiación; ejecución hipotecaria; vulnerabilidad; lanzamiento; arrendamiento de vivienda.

Cristina Argelich Comelles
Profesora doctora de Derecho Civil.
Universidad de Cádiz

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 206 (marzo 2018)

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Bagaje del nuevo recurso de casación penal

La reforma de la LECrim. operada por la Ley 41/2015 ha modificado sustancialmente el régimen impugnatorio de las sentencias de la jurisdicción penal, ya se trate de sentencias dictadas en primera instancia por los juzgados de lo penal, ya por las audiencias provinciales. En ambos supuestos se generaliza la segunda instancia, respectivamente ante la audiencia provincial o ante las salas de lo civil y penal del TSJ, y se prevé un régimen de casación para estas sentencias dictadas en segunda instancia. Esta nueva modalidad de casación, que materializa la función nomofiláctica del TS, persigue homogeneizar la interpretación en todos los órganos de la jurisdicción penal de las normas penales que antes, ordinariamente, no aparecían en la agenda del TS por razón de la penalidad, provocando una indeseable dispersión interpretativa. En el presente estudio analizamos la jurisprudencia sentada por las diecisiete sentencias que, al cierre del año judicial 2016-2017, han sido dictadas por el TS a través de esta nueva modalidad de casación.

Palabras claves: casación; circulación vial; desobediencia; multirreincidencia; reincidencia; acoso; delito leve.

Javier Ángel Fernández-Gallardo Fernández-Gallardo
Letrado de la Administración de Justicia.
Juzgado Central de Instrucción núm. 2. Audiencia Nacional
Doctor en Derecho

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 205 (febrero 2018)

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