La Audiencia Nacional envía a prisión provisional a los presidentes de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) y de Òmnium Cultural

La jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, tras la declaración del mayor de los Mossos d'Esquadra, Josep LLuís Trapero y de la intendente de los Mossos Teresa Laplana Cocera, en calidad de investigados por un delito de sedición, decreta auto de libertad provisional sin fianza, aplicándose las medidas cautelares de la retirada del pasaporte, con la prohibición de salir de España y la obligación de comparecer cada 15 días en el juzgado más cercano a su domicilio y sin descartar que se pueda concretar más “en una fase más avanzada de la investigación”

Por otro lado y con distinta suerte, también declararon ayer 16 de octubre los presidentes de las entidades Omnium Cultural y ANC, Jordi Cuixart y Jordi Sánchez, respectivamente, en la causa en la que se investiga los hechos ocurridos los pasados días 20 y 21 de septiembre en Cataluña, en relación con las concentraciones y manifestaciones llevadas a cabo para impedir por la fuerza la actuación de las autoridades y sus agentes en el ejercicio de sus funciones y en este caso la jueza ha decretado en su auto, la prisión provisional comunicada y sin fianza de ambas personas, señalando que dicha resolución no es firme y que contra la misma se puede interponer recurso de reforma ante este mismo juzgado dentro de los tres días siguientes a su notificación, y con carácter subsidiario, recurso de apelación, recurso que también puede prepararse directamente, sin previa reforma ante este juzgado y en el plazo de cinco días.

El pasado 27 de septiembre, la juez admitió la denuncia que presentó la Fiscalía por estos hechos, en un auto en el que señalaba que las conductas de los manifestantes podían encajar en el artículo 544 del Código Penal (delito de sedición) que sanciona el alzamiento tumultuario, dirigido a impedir por la fuerza o fuera de las vías legales la aplicación de las leyes o a cualquiera de las personas que en el mismo se relacionan en el ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos o de las resoluciones administrativas o judiciales.