En beneficio de los menores: custodia compartida. Comentarios a las Sentencias del Tribunal Supremo de 16 de febrero de 2015 y de 9 de septiembre de 2015

La custodia compartida es un tema que no deja de tener actualidad e importancia. Actualidad, porque con sentencias del Tribunal Supremo como las de objeto de estudio de este artículo vuelve a suscitarse un creciente y renovado interés con respecto a este tema no solo por juristas y psicólogos, sino por la sociedad en general. Importancia, por cuanto la jurisprudencia del Tribunal Supremo va consolidando la tendencia a la concesión de la custodia compartida, 10 años después de que la reforma del artículo 92 del Código Civil por la Ley 15/2005 introdujera la posibilidad del ejercicio conjunto de la custodia compartida.
La Sentencia de fecha 16 de septiembre de 2015 dictada por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo destaca que las discrepancias entre los padres sobre el sistema de custodia compartida no deben suponer que se excluya tal medida. En la Sentencia de 9 de septiembre de 2015 se concede la custodia compartida pese a que el informe psicosocial consideraba mejor opción el mantenimiento de la custodia a favor de la madre.

María del Carmen de León Jiménez
Juez sustituta adscrita al Tribunal Superior de Justicia de Canarias
Mediadora familiar, civil y mercantil.
Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

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