Ejecución hipotecaria en liquidación constituida en fase de convenio de empresa concursada: Órgano judicial competente

El presente caso trata de arrojar algo de luz acerca de los problemas que surgen en la práctica diaria a la hora de delimitar cuál es el juzgado competente para decidir acerca de las ejecuciones hipotecarias sobre un bien titularidad de una empresa concursada, cuando la hipoteca se constituyó estando el concurso en fase de convenio aprobado y con posterioridad se acuerda abrir la fase de liquidación por incumplimiento de convenio. La ejecución hipotecaria se está tramitando ante un Juzgado de 1.ª Instancia ordinario y es el Juzgado de lo Mercantil quien aprobó el convenio de acreedores con una sentencia; pero habiendo sido incumplido el convenio, se ha decretado por el Juzgado de lo Mercantil la apertura de la fase de liquidación. Se trata de determinar en este caso en qué medida esa ejecución hipotecaria se ve afectada por la apertura de la liquidación para poder ser sustanciada con normalidad, o dicho de otro modo, si el Juzgado de 1.ª Instancia pierde su competencia para cualquiera de los trámites hipotecarios, o si la mantiene pero condicionadamente a que el Juzgado de lo Mercantil declare que el bien hipotecado es necesario para la continuidad de la actividad empresarial o profesional.

Palabras claves: concurso de acreedores, ejecución hipotecaria, convenio y liquidación por incumplimiento de convenio.

Adelaida Medrano Aranguren
Magistrada del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 197 (junio 2017)

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