Cálculo de indemnización tras declararse la nulidad del expediente expropiatorio

Expropiación forzosa. Ejecución de sentencia. Anulación del expediente expropiatorio. Indemnización. Exclusión del justiprecio. La nulidad del expediente expropiatorio alcanza todos los actos posteriores a la comisión de la falta, incluidos los acuerdos de justiprecio del Jurado; ello supone que en casos de declaración de nulidad del procedimiento expropiatorio no se puede acudir, en ejecución de sentencia, para fijar la indemnización, al justiprecio fijado por el Jurado, en cuanto tal manera de proceder supone desconocer y contradecir los términos de la sentencia que declaró nulo el justiprecio. No es viable la pretensión de cuestionar el quantum indemnizatorio en casación, salvo cuando su determinación resulte absurda o arbitraria o se haya omitido o incluido algún concepto de forma improcedente. Los informes emitidos por los peritos designados por el Tribunal están siempre supeditados al examen por el Tribunal y carecen de la presunción de acierto que las valoraciones del Jurado tienen, aunque se les puede reconocer tal posibilidad, pero supeditada al examen por la Sala.

(Sentencia del Tribunal Supremo, sala de lo Contencioso-administrativo, de 6 de abril de 2017, recurso 3162/2015)