Jurisprudencia de Derecho Penal

Jurisprudencia más novedosa de Derecho Penal

Expulsión del territorio como sustitución de pena por la ausencia de arraigo

Delito de robo con fuerza. Penas. Sustitución de penas de prisión. Expulsión del territorio. Arraigo.

Del contenido del art. 89.1 y 4 CP se desprende que en el caso de penas de prisión de un año y un día a cinco años, impuestas a ciudadanos extranjeros, la regla general, imperativa, es que el órgano judicial debe sustituir la pena de prisión por expulsión, salvo que quede acreditado cumplidamente en la causa su arraigo en España u otras circunstancias que hagan desproporcionada la medida de expulsión. La discrepancia se suscita sobre si ha de entenderse que el extranjero condenado tiene arraigo en España mientras no se demuestre lo contrario y sobre a quién corresponde acreditar la existencia de arraigo en aras a decidir sobre la expulsión.

Requisitos para apreciar vulneración del derecho de defensa

Procedimiento penal. Derecho a un proceso con garantías. Derecho de defensa. Falta de defensa efectiva. Intervención de comunicaciones. Incorporación al proceso. Atenuante de drogadicción. Atenuante de dilaciones indebidas.

Derecho a un proceso con todas las garantías y la denuncia de falta de defensa efectiva por inactividad o abandono de los letrados de oficio. Para que pueda estimarse la denuncia de haber carecido la parte de una defensa efectiva:

Requisitos de la continuidad delictiva en el delito de apropiación indebida

Delito de apropiación indebida. Continuidad delictiva.  Requisitos. Dilaciones indebidas.

Condena como autor de delito de apropiación indebida como continuado, pero lejos de la existencia en el factum de distintas apropiaciones llevadas a cabo por el recurrente en distintos espacios temporales, de lo que se trata en la declaración de los hechos probados es que se produce una apropiación de hacer suyo el recurrente el dinero recibido sin conocimiento de la comunidad; es decir, el mantenimiento en la cuenta corriente del importe recibido que lo hizo suyo sin llevar a cabo distintos actos apropiatorios de dinero que sí que integrarían el delito de continuidad delictiva. Pero en este caso ello no ocurre, sino que se determina la sola existencia de una única apropiación indebida y no en continuidad delictiva del artículo 74, porque no existen distintas acciones en distintos momentos temporales, sino una sola acción, al punto de que se apropia el importe ingresado por la comunidad de propietarios en pago del precio del bien inmueble.

Formulación de motivos de recursos per saltum

Procedimiento penal. Derecho al recurso. Formulación de motivos per saltum. Cuestiones posibles en casación.

La función revisora de la casación se contrae al examen de la racionalidad de la decisión a partir de la motivación de la sentencia de la apelación, comprensiva de la licitud, regularidad y suficiencia de la prueba. Siendo este proceso motivacional el que habrá de servir de base para el discurso impugnativo. Se suscita en casación una cuestión nueva en tanto no fue planteada ni en la instancia ni en apelación. No es ello posible, salvo supuestos marcadamente excepcionales pues lo impide la naturaleza revisora del recurso de casación, donde lo que se recurre es lo decidido en apelación. No se puede revisar en casación la decisión de la Audiencia sobre ese punto porque no ha adoptado ninguna decisión al respecto en cuanto el tema no le fue planteado.

Acceso no consentido a las claves de un ordenador personal

Revelación de secretos. Acceso a ordenadores no consentido. Elementos del tipo penal. Perjuicio.

El acusado accedió al ordenador, una vez que había obtenido fraudulentamente la clave de la denunciante entró en determinadas carpetas "perfectamente identificadas con archivos privados y personales". El ordenador tenía información personal, lo que desautoriza el principal argumento de la sentencia impugnada para considerar atípicos los hechos. La obtención fraudulenta de la clave del ordenador ya es de por sí un acceso no consentido a un dato personal reservado de la denunciante. La clave que es un identificador de su titular permite el acceso a toda la información que pueda existir en el ordenador, y que, por lo mismo, constituye per se un dato personal reservado protegido por el artículo 197.2 del Código Penal para el delito de revelación de secretos.

Es cierto que no basta para colmar las exigencias típicas del tipo previsto en el artículo 197.2 CP el simple acceso a un dispositivo que pueda almacenar información personal, como lo es un ordenador.

Delitos contra la salud pública, piratería, atentado a agentes de la autoridad

Delito de piratería. Elementos del tipo. Violencia con propósito personal. Atentado. Trafico de drogas.

Las maniobras violentas que el tripulante de una embarcación con droga empleó para evitar el abordaje de un buque de Vigilancia Aduanera y que provocó la muerte de un agente son constitutivas de un delito de piratería.

Para determinar si constituyen un delito de piratería, la Sala analiza los hechos probados según los cuales el patrullero de Vigilancia Aduanera localizó al velero, cargado con droga.

Delito de prevaricación administrativa y elementos del tipo

Delito de prevaricación administrativa. Elementos del tipo. Elemento objetivo. Elemento subjetivo. Bien jurídico protegido.

El bien jurídico del delito de prevaricación administrativa del art. 404 CP tutela el correcto ejercicio de la función pública de acuerdo con los parámetros constitucionales que orientan su actuación, cuales son:

1º) El servicio prioritario de los intereses generales.
2º) El sometimiento a la Ley y al Derecho.
3º) La absoluta objetividad e imparcialidad en el cumplimiento de esos fines conforme al art. 108 CE.

Abono de medidas cautelares personales distintas a la prisión provisional

Procedimiento penal. Medidas cautelares. Abono de medidas cautelares. Medida de alejamiento. Prohibición de acudir a municipios. Prohibición de aproximarse. Compensación con días de privación de libertad.

Incidente de ejecución de sentencia sobre abono de medidas cautelares personales distintas a la prisión provisional, a compensar con días de privación de libertad de la pena de prisión final. Se admite el recurso de casación, no obstante haber habido uno previo de súplica, haciendo extensivo, a otras medidas, el criterio que la Sala ya había seguido cuando la medida cautelar había sido la de prisión preventiva, pero solo cuando el recurso lo sea contra auto dictado por Audiencia, no así por Juzgado de lo Penal.

Responsabilidad civil derivada de delito

Responsabilidad civil derivada de delito. Perjuicios materiales. Terceros. Cuotas seguridad social.

La indemnización de perjuicios materiales y morales derivados de un delito comprenderá no sólo los que se hubieren causado al agraviado, sino también los que se hubieren irrogado a sus familiares o a terceros.

En el presente caso entre la víctima (el trabajador accidentado) y el perjudicado (la empresa para la que trabajaba) se interponen el contrato de trabajo y la normativa legal que arrastra consigo, de los que derivan las obligaciones a que la empresa ha debido hacer frente, lo que diluye el vínculo de conexión con el hecho delictivo a los efectos que nos ocupan.

Delito de prevaricación administrativa por la contratación de empleados públicos sin publicidad mérito y capacidad

Delito continuado de prevaricación administrativa. Tipo subjetivo. Prescripción de delitos continuados.

Es necesario que el juicio histórico sobre el que se apoya la subsunción jurídica describa todos los elementos -objetivos y subjetivos- que conforman la estructura típica del delito de prevaricación administrativa por el que se formula condena.

La idea de que la afirmación de la concurrencia de los elementos del tipo subjetivo puede quedar arrinconada en la fundamentación jurídica de la sentencia y ser descrita mediante lo que, de forma poco precisa se venía llamando un juicio de valor, no se corresponde con el estado actual de la jurisprudencia. La voluntad con la que se ejecuta un hecho forma parte también del hecho mismo. Lo que, por lo demás, es congruente con una concepción finalista del delito en el que la acción es vidente, encerrando en sí la carga de la propia voluntad y superando concepciones causalistas en las que la ruptura entre el plano objetivo y subjetivo del delito era mucho más acusada.

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