Delito de quebrantamiento de condena de trabajos en beneficio de la comunidad
Enviado por Editorial el Lun, 23/02/2026 - 10:48Delito de quebrantamiento de condena.Pena de trabajos en beneficio de la comunidad. Ejecucion de la pena. Desobediencia
Delito de quebrantamiento de condena de trabajos en beneficio de la comunidad impuesta como pena principal. No se puede quebrantar una pena cuyo cumplimiento no se ha iniciado. En el caso de la pena de trabajos en beneficio de la comunidad, el cumplimiento se inicia cuando el penado acude a los servicios de gestión de penas y acepta el plan de actuación. Sin embargo, el acto de comparecer ante los servicios de gestión de penas para la elaboración del plan de actuación es un paso previo, que aunque obligatorio dentro del proceso de ejecución no implica inicio de cumplimiento de la pena.


