Los proveedores ya pueden comprobar si sus facturas pendientes están incluidas en el Plan de Pago

Los proveedores ya pueden comprobar si sus facturas pendientes están incluidas en el Plan de Pago

Los proveedores con obligaciones pendientes de pago de las comunidades autónomas, según los requisitos del segundo tramo de la última fase del Plan contra la Morosidad, puesto en marcha en el Real Decreto-Ley 8/2013, de 28 de junio, tienen desde el 29 de octubre hasta el próximo 14 de noviembre para comprobar si sus facturas están incluidas en el listado remitido por su comunidad autónoma al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Proveedores con facturas incluidas

En el caso de las facturas ya incluidas en los listados remitidos al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, lo proveedores pueden dar ya su aceptación al mecanismo de financiación por dos vías:

  • Vía telemática: deberán entrar en la aplicación informática centralizada de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
  • Vía presencial: dirigiéndose a su comunidad autónoma y comunicando por escrito su decisión.

En ambos casos, los proveedores deberán presentar la siguiente información:

  • Aceptación.
  • Fecha de aceptación.
  • Número de cuenta corriente donde quieren que se abone el pago, con IBAN y BIC.
  • Señalar la naturaleza de la empresa, si es pyme o autónomo.
  • Importe del principal.

Proveedores sin facturas incluidas

Los proveedores que observen que, cumpliendo con los requisitos del segundo tramo de esta última fase del Plan contra la Morosidad, sus facturas no están incluidas en los listados remitidos al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas tienen que dirigirse a su comunidad autónoma para solicitar su inclusión con el modelo establecido de certificado individual o masivo.

La solicitud de este certificado implica la aceptación del proveedor. El certificado individual se expedirá por el interventor general de la comunidad autónoma en el plazo de diez días hábiles desde la presentación de la solicitud. En el caso de que no se hubiera contestado la solicitud en plazo se entenderá rechazada.

Comunidades y facturas incluidas en el segundo tramo

Las comunidades autónomas que ya se adhirieron al primer tramo del Plan contra la Morosidad, para eliminar el stock de facturas pendientes, entran automáticamente en la segunda y última fase del mismo. Estas comunidades autónomas son Andalucía, Aragón, Illes Balears, Canarias, Castilla-La Mancha, Cataluña, Madrid, Región de Murcia y Comunitat Valenciana. Adicionalmente, se ha incorporado a este segundo tramo Extremadura.

En este segundo tramo, se permitirá que las comunidades autónomas puedan normalizar todos sus pagos pendientes y reducir su deuda comercial acumulada, antes de la entrada en vigor de la nueva normativa en materia de morosidad, atendiendo al resto de proveedores no cubiertos en el primer tramo, que se inició en junio, ya que éste priorizó el pago de servicios básicos, como conciertos en materia sanitaria, educativa y servicios sociales, convenios, transferencias al tercer sector y subvenciones en I+D+i, así como todos los proveedores de las entidades locales.

Por otro lado, una vez efectuada por las comunidades autónomas la remisión definitiva de facturas y tras su revisión por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, el proveedor, como novedad, podrá descargar de la aplicación informática centralizada de la Agencia Estatal de Administración Tributaria un documento comprensivo de las facturas susceptibles de ser abonadas en el ámbito del segundo tramo del mecanismo.

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Fuente: Moncloa