Reglamento (UE) n.º 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y a la creación de un certificado sucesorio europeo
La nueva norma publicada el 27 de julio, trata de facilitar a los ciudadanos europeos la tramitación jurídica del testamento o la sucesión internacional, disponiendo los Estados miembros de 3 años para adaptar sus legislaciones nacionales y hacer efectiva la aplicación de las nuevas normas de la UE en materia de sucesiones.
Para garantizar de manera eficaz los derechos de los herederos y legatarios y de las personas próximas al causante, así como de los acreedores de la herencia, el presente Reglamento reúne las disposiciones sobre competencia, ley aplicable y reconocimiento, o, en su caso, aceptación, fuerza ejecutiva y ejecución de las resoluciones, los documentos públicos y las transacciones judiciales. Abarca todos los aspectos de Derecho civil de la sucesión por causa de muerte, (sin incluir cuestiones fiscales, aduaneras y administrativas), es decir, cualquier forma de transmisión de bienes, derechos y obligaciones por causa de muerte, ya derive de una transmisión voluntaria en virtud de una disposición mortis causa, ya de una transmisión abintestato; si bien no se aplicará: