Supuestos admisibles de inclusión del precio en la publicidad registral
Enviado por Editorial el Jue, 30/03/2023 - 14:37Registro de la Propiedad. Solicitud de certificación literal de dos ventas consecutivas en la que se haga constar expresamente el precio de las dos transmisiones a fin de interponer demanda por lucro cesante. Interés legítimo.
Es preciso determinar en qué supuestos está permitido consignar el precio de venta de una transmisión de conformidad con la legislación hipotecaria y la reguladora de la de protección de datos de carácter personal. Ante una solicitud de publicidad formal, el registrador debe calificar en primer lugar, si procede o no expedir la información o publicidad atendiendo a la causa o finalidad alegada; en segundo lugar, deberá valorar la existencia de un interés legítimo y, en tercer lugar, qué datos y circunstancias de los incluidos en el folio registral correspondiente puede incluir o debe excluir.