Legislación

Normativa recientemente aprobada de interés civil, mercantil, administrativo y penal, publicada en los distintos boletines oficiales

Publicada la Reforma concursal de la Ley 16/2022

Se publica en el BOE de 6 de septiembre, la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuración e insolvencia).

El nuevo Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020 de la Ley Concursal, pasa a tener cuatro libros y no tres como el anterior, ya que se introduce un nuevo libro tercero que desplaza al libro cuarto las materias relacionadas con el derecho internacional privado y cuyo contenido, un procedimiento concursal especial para microempresas (menos de diez trabajadores y volumen de negocio anual inferior a setecientos mil euros o un pasivo inferior a trescientos cincuenta mil euros) es, quizás, lo más novedoso que, permite al propio deudor la gestión del concurso, prescindiendo de administradores concursales, abogados y procuradores.

Proyecto de Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo

El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo, para su remisión a las Cortes Generales.

Ampliación IVE

Este proyecto pretende remover los obstáculos que impiden el ejercicio del derecho efectivo de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y a decidir sobre sus propios cuerpos. Así, las mujeres de 16 a 18 años y las mujeres con discapacidad no estarán obligadas a pedir permiso a sus tutores legales para acceder a la IVE. La reforma elimina también el periodo de reflexión de tres días y la información obligatoria que se entregaba a las mujeres.

De esta manera, se blinda el acceso al aborto en la red sanitaria pública, que tiene que ser la que permita la garantía del derecho.

La futura ley regulará también la objeción de conciencia, haciendo que sea compatible con el derecho de las mujeres a la IVE. A la vez, se incorpora una incapacidad temporal para aquellas mujeres que interrumpan su embarazo, voluntariamente o no, con el objetivo de que se puedan recuperar de la intervención. También hay la previsión de que cada centro cuente con ambos métodos para las interrupciones de los embarazos, tanto el quirúrgico como el farmacológico, para que sea la mujer la que libremente decida cuál de ellos quiere.

Proyecto de Ley Orgánica de Derecho de Defensa

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Ley Orgánica de Derecho de Defensa, un texto legal que consagra el conjunto de facultades y garantías que se reconocen jurídicamente a todas las personas para proteger y hacer valer sus derechos, libertades e intereses legítimos antes los tribunales y las administraciones, así como en los procedimientos de solución de controversias y que permitirá defender sus intereses legítimos y asegurar su tutela judicial efectiva.

Con la aprobación de este proyecto, se pretende conseguir que las personas conozcan el verdadero y completo alcance que tiene el derecho a la defensa, así como que exista una guía de actuación para los operadores jurídicos.

La mejora de nuestra democracia pasa por garantizar plenamente el disfrute de los derechos personales y, para ello, es necesario, a su vez, garantizar plenamente el derecho de defensa, que cuenta actualmente con una regulación escasa y fragmentada. Con el impulso de este proyecto de ley aunaremos en un único cuerpo legal todos los aspectos de este derecho fundamental, incorporando las modificaciones más oportunas a la luz de la jurisprudencia y el ejercicio diario de la abogacía.

Uso de información financiera para la prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de infracciones penales

Se publica en el BOE de 29 de julio la Ley Orgánica 9/2022, de 28 de julio, por la que se establecen normas que faciliten el uso de información financiera y de otro tipo para la prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de infracciones penales, de modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas y otras disposiciones conexas y de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, con entrada en vigor el 29 de agosto.

Resulta crucial reforzar la seguridad, mejorar el enjuiciamiento de los delitos financieros, luchar contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, así como prevenir los delitos fiscales. Para alcanzar este fin urge mejorar el acceso a la información por parte, no sólo de las Unidades de Inteligencia Financiera (UIFs introducidas por la Directiva (UE) 2018/843, de 30 de mayo), sino también de las autoridades públicas responsables de la prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de delitos graves, así como potenciar su capacidad para llevar a cabo investigaciones financieras y mejorar la cooperación. La realidad reveló que las UIF de los Estados miembros contaban con diferentes grados de acceso a las bases de datos, lo que se traducía en un insuficiente intercambio de información entre los servicios policiales y judiciales y las propias UIF. En definitiva, se trata de reforzar la cooperación policial y judicial penal.

Modificación de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, en materia de juzgados de lo mercantil

Publicada en el BOE de 28 de julio la Ley Orgánica 7/2022, de 27 de julio, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en materia de Juzgados de lo Mercantil.

A fin de conseguir la celeridad y eficiencia procesal requerida por la reforma del texto refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020)para la incorporación a la legislación española de la Directiva (UE) 2019/1023, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deuda, plantea la necesidad de determinados ajustes en el diseño del reparto competencial atribuido a los Juzgados de lo Mercantil, lo que implica un ajuste en el reparto de materias que actualmente se atribuyen a los Juzgados de lo Mercantil y a las secciones especializadas de las Audiencias Provinciales, lo que requiere de la modificación de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial.

Aprobada la Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación

La Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación una vez concluida su tramitación parlamentaria, y debatidas en el Pleno del Congreso de los Diputados las enmiendas introducidas del Senado. El texto, que incluye todas las enmiendas aprobadas por la Cámara Alta, se publica en el BOE de 13 de julio, con entrada en vigor al día siguiente (14 de julio).

Entre las modificaciones que ha incluido la Cámara Alta y que han sido ratificadas por el Congreso se encuentra la exigencia de que la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la no Discriminación presente, un año después de su creación, un informe sobre "aspectos contrarios a la igualdad que pueden pervivir en las disposiciones normativas de rango legal o reglamento vigentes".

Dicho informe se elevará a las Cortes Generales y al Gobierno "como material de utilidad para promover las modificaciones normativas o corregir las prácticas administrativas inadecuadas a los efectos de la igualdad de trato y la no discriminación".

Interés de demora aplicable a las operaciones comerciales (2.º semestre de 2022)

El BOE de 30 de junio, publica la Resolución de 28 de junio de 2022, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se publica el tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el segundo semestre natural del año 2022.

Publicado en el BOE de 31 de diciembre, a efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, el tipo legal de interés de demora a aplicar durante el segundo semestre natural de 2022 es el 8,00 por 100, sin que se produzca variación con respecto al primer semestre.

Páginas