Resolución de la ECN: Protección de la información presentada en solicitudes de clemencia en el contexto de las acciones civiles de daños y perjuicios.

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Las Autoridades de Competencia adoptan la posición común de que la información proporcionada en el marco de una solicitud de clemencia debe estar protegida frente a su divulgación en la medida necesaria para garantizar la eficacia de los programas de clemencia. Esta protección es esencial para garantizar una lucha eficaz contra las prácticas colusorias.

- Véase Resolución ECN de 23 de mayo de 2012.

Fuente: Comisión Nacional de la Competencia