Ruptura de la autonomía, independencia o abstracción del crédito documentario mediante el ejercicio de la «acción directa» que el ordenamiento jurídico concede al subcontratista

La autonomía, independencia o abstracción es esencial al crédito documentario, por lo que permitir que pueda desconocerse es contrario a su regulación internacional, restándole, en gran medida, eficacia.

Palabras claves: acción directa, autonomía, independencia, abstracción, carta de crédito, contrato de obra por empresa, crédito documentario, contratista, promotor y propietario de la obra y subcontratista.

Antonio Tapia Hermida
Profesor Titular de Derecho Mercantil.
Universidad Complutense de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 161 (junio 2014)

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