Administración local. Información de grupos municipales. Contrato de obras

El supuesto gira sobre diversas cuestiones jurídicas planteadas en un ayuntamiento, tales como una solicitud de información instada por un grupo municipal para que se les entregue en papel, y que es denegada ordenando el alcalde que accedan a través de la sede electrónica; la diversidad de formas para adquirir un terreno para la construcción de una biblioteca municipal; y un contrato de obras para aquel fin que incluía la redacción del pliego de cláusulas particulares por el mismo contratista al que se adjudicó el contrato y la necesidad de nuevas obras no previstas en el mismo. Finalmente, se plantea la validez de una ordenanza fiscal no publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y sí, por error, en el tablón de anuncios del ayuntamiento.

Palabras claves: Administración local; información de los concejales; contrato administrativo de obras; pliego de cláusulas administrativas; publicación de ordenanza fiscal.

Julio Galán Cáceres
Miembro del Cuerpo Jurídico de Defensa
Profesor del CEF.-

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 229 (febrero 2020)

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