Beneficio de justicia gratuita en segunda instancia

El presente caso trae a colación un supuesto de vulneración de la tutela judicial efectiva, en su vertiente del derecho al recurso, a partir de la relación existente entre este derecho fundamental y el beneficio de justicia gratuita, pero en el supuesto de insuficiencia de recursos económicos para litigar para la apelación por causa sobrevenida. El alcance del requisito de la insuficiencia económica sobrevenida debe ser entendido en el sentido de poder acreditar que hayan sucedido nuevas circunstancias que originen la insuficiencia; pero también han de valorarse los casos de personas que no precisaron la justicia gratuita en la primera instancia y ahora la necesiten para la segunda por otra causa que no sea la disminución sobrevenida de medios económicos. El precepto legal no recoge un número limitado de causas por las que se pueda precisar el beneficio solo para la segunda instancia, pues el interesado puede aducir otros motivos distintos con tal de que los mismos causen la carencia de recursos para litigar; debemos estar a cada caso y a las vicisitudes del mismo.

Palabras claves: gratuidad de la justicia; tutela judicial efectiva; derecho fundamental al recurso; insuficiencia de recursos.

Adelaida Medrano Aranguren
Magistrada del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 226 (noviembre 2019)

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