Condenado el propietario de una perra por maltratarla y dejarla al borde de la muerte

Una perra dentro de una maleta triste por sufrir maltrato animal

Delitos relativos a la protección de animales domésticos. Las conductas prohibidas en los delitos de maltrato y abandono de animales consisten en "maltratar injustificadamente", "maltratar cruelmente" y en este caso como sea que fuera la perra fue introducida viva en una maleta a la que cerró la cremallera y el encausado la dispuso en un container de basura cerrando la tapa, sin que la perra pudiera respirar ni moverse, abocándola a una muerte segura. Solo la solidaridad vecinal, la compasión de las personas, hizo que la perra se salvara in extremis. Una conducta que somete al animal, por acción como hemos señalado y por omisión al no darle cuidados médicos a la perra, sometiendo así de una forma innecesaria a un animal a un dolor, sufrimiento o estrés que no posee el deber de soportar.

El delito es de resultado material, consistiendo el mismo, alternativamente en causar la muerte al animal doméstico; o bien, provocarle lesiones que le produzcan un grave menoscabo físico. El autor material puede ser cualquier persona, no es necesario que el autor del acto sea el titular, bastando que tenga su custodia en ese momento, sea de su propiedad o no. Respecto al dolo, queda probado tal acción bajo esa conducta, pues se denota con la acción cruel de meterla en la maleta, y meterla viva, dejando claro el tribunal que en el ámbito penal, los animales son seres vivos, es decir sujetos de derechos. La sentencia accede a la petición de la representante del Ministerio Fiscal en el proceso y, a pesar de la escasa duración de la condena (un año de cárcel), deniega al imputado su remisión condicional, lo que quiere decir que, de devenir firme el fallo, el autor del maltrato irá efectivamente a prisión por sus actos, tomando en consideración no sólo la "saña" con la que actuó el acusado, sino el hecho de que durante el proceso y en el juicio no mostró "el más mínimo signo de arrepentimiento". Además de la condena penal, el acusado deberá pagar a la protectora de animales que acogió a la perra por los gastos dispensados de su asistencia desde que llegó al albergue hasta su completa sanación, y tendrá prohibido tener animales domésticos durante tres años.

(Sentencia del Juzgado de lo Penal nº 1 de Santa Cruz de Tenerife,  de 25 de mayo de 2019, recurso 164/2013)