Código identificador de entidad jurídica

Código identificador de entidad jurídica

Orden JUS/35/2014, de 20 de enero, por la que se fijan los aranceles para el cálculo de los honorarios registrales por la emisión y gestión del código identificador de entidad.

El Identificador de entidad jurídica se reguló inicialmente en el Reglamento (UE) n.º 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones; atribuyéndose en España al Registro Mercantil las funciones de emitir y gestionar el código que identificará a los intervinientes en un contrato de derivados a efectos de su inscripción en los registros de operaciones, conforme se establece en el Real Decreto-ley 14/2013, de 29 de noviembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa comunitaria.

Se entenderá por intervinientes a las contrapartes, financieras y no financieras, de un contrato de derivados, a los beneficiarios, a las entidades de intermediación, a las entidades de contrapartida central, a los miembros compensadores y a las entidades remitentes.

El identificador de entidad jurídica (LEI, por sus siglas en inglés) es un sistema de identificación universal y unívoco de aquellas entidades que son parte de un contrato financiero, con el fin de dotar a los mercados de una mayor transparencia. El objetivo último es mejorar la evaluación y gestión del riesgo sistémico, al ofrecer una visión más exacta de los riesgos asumidos por cada participante.

La estructura del identificador se corresponde con un código alfanumérico de 20 posiciones, y la información básica que debe recoger  se ciñe entre otros al nombre oficial de la entidad, dirección de la matriz y fecha de asignación del LEI.

La Orden JUS/35/2014, publicada en el BOE de 22 de enero, señala que el Registrador percibirá por la asignación del código identificador de entidad jurídica unos aranceles de 100 euros; y la validación anual del Código Identificador se efectuará mediante la expedición de una certificación que devengará 50 euros.