Condena a los administradores por déficit concursal en concursos culpables

Concurso. Incidente concursal de calificación del concurso. Irregularidades contables graves. Condena por déficit concursal. Incidente de calificación del concurso de una cooperativa agraria como culpable, tras la solicitud de una acreedora de la concursada así como de la administración concursal. La Audiencia declaró la calificación de culpable del concurso así como la inhabilitación de los miembros del Consejo rector de la cooperativa y su condena al pago del déficit concursal.

La sala en casación parte de que la base de que la calificación de culpable del concurso no resulta cuestionada, sino que únicamente se plantea que la Audiencia ha condenado al consejo rector al pago del déficit concursal de forma automática, sin tener en cuenta los elementos objetivos y subjetivos del comportamiento de cada uno de los miembros, tal y como exige la jurisprudencia de la Sala. En el presente caso, el automatismo tanto de la solicitud como de la concesión de la condena por el déficit concursal no se ajusta a la jurisprudencia, ya que las carencias relacionadas con la gestión empresarial se manifestaron casi desde el primer momento, a lo que hay que añadir que los miembros del consejo rector, agricultores sin retribución alguna por razón de su cargo, desempeñaron sus funciones sin apoyo alguno mercantil, fiscal o contable que les advirtiera de la situación real de la cooperativa. La estimación del recurso determina la no condena por déficit concursal de los miembros del Consejo rector de la cooperativa.

(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil,  de 31 de octubre de 2018, recurso 2994/2015)