La conformidad en el proceso penal español

La conformidad es una institución típica del proceso penal español, es una manifestación del principio de oportunidad cuya naturaleza jurídica es un tema controvertido en la doctrina. La jurisprudencia del Tribunal Supremo la ha asimilado al allanamiento en el proceso civil sin llegar a su equiparación total, por cuanto en el proceso penal prepondera el principio de legalidad y el de indisponibilidad del objeto del proceso. No es un acto de prueba, sino un medio para poner fin al proceso, una situación de crisis del mismo, mediante la cual se llega a la sentencia, sin previo juicio oral y público y de modo acelerado. Se puede clasificar la conformidad en dos categorías, la común u ordinaria y la minorativa de la pena, pero con carácter general la pena no puede ser superior a 6 años de prisión, siendo posible la conformidad con cualquier otra pena distinta de la de prisión sin límite alguno, si bien la ley ha introducido un beneficio penal permitiendo la reducción en un tercio de las penas privativas de libertad en los supuestos y con los límites del artículo 801 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Sacramento Ruiz Bosch
Jueza sustituta adscrita al Tribunal Superior de Justicia
de la Región de Murcia

Descargar pdf