La contratación verbal irregular. Un viejo problema ¿con nuevas soluciones?

La Administración recurre a procedimientos de revisión de oficio, en el mejor de los casos, o al reconocimiento extrajudicial de créditos, con la finalidad de abonar las facturas presentadas por supuestos «contratistas» con los que ha concertado prórrogas ilegales de contratos anteriores o contratación verbal de nuevas prestaciones. Se trata de analizar cuál de las opciones es la legalmente correcta y a qué figura responde el pago a que alude el artículo 42 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Palabras claves: contratación irregular; revisión de oficio; límites a la potestad de revisión.

Eva M.ª Menéndez Sebastián
Catedrática de Derecho Administrativo.
Universidad de Oviedo
Vocal del Consejo Consultivo del Principado de Asturias

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 232 (mayo 2020)

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