El deber del franquiciador de otorgar información precontractual al franquiciado

Contrato de franquicia. Incumplimiento de las obligaciones por ambas partes. Falta de legitimación de la franquiciadora para instar la resolución. La sala desestima los recurso de casación e infracción procesal interpuestos por la franquiciadora por los incumplimientos de la franquiciada del contrato de franquicia y declara que, siendo cierto que la fundamentación de la Audiencia Provincial es escueta en lo atinente a su ratio decidendi, y en buena parte consiste en la asunción tácita de lo resuelto en la primera instancia, sin embargo, la motivación existe y permite conocer la razón de la desestimación del recurso de apelación y, consecuentemente, de la demanda. La desestimación se basa en una determinada consideración de la naturaleza y alcance del deber de información de la franquiciadora a la franquiciada previsto en el art. 62.3 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista y en una interpretación de los arts. 1.100 y 1.124 CC conforme a la cual la franquiciadora no puede exigir el cumplimiento de las obligaciones a la parte contraria ni la resolución del contrato por el incumplimiento de la otra parte, si previamente no ha cumplido con sus propias obligaciones, en el caso, el deber de información precontractual veraz. Si bien es cierto que la sentencia tilda de «abusivas» las indemnizaciones por incumplimiento que la franquiciadora impuso a la franquiciada en el contrato, y las compara con la cantidad reclamada por las partidas a cuyo pago venía obligada la franquiciada en el normal cumplimiento del contrato, de importe muy inferior, no es esa la razón por la que desestima la demanda y no condena al pago de las indemnizaciones. De haber sido esa la causa de la desestimación del recurso de apelación y, por tanto, de la demanda, no habría ninguna razón para desestimar la reclamación de los royalties, los cánones de publicidad y los gastos de devolución ni para desestimar la pretensión de resolución del contrato.

(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo civil, de 11 de julio de 2018, rec. 2343/2015)