Contrato de préstamo personal. Cláusulas abusivas de vencimiento anticipado e interés de demora desproporcionado

En los contratos de préstamo personal destinados al consumo, la cláusula de vencimiento anticipado establecida en la póliza de crédito por el prestamista es una cláusula no negociada que se impone al consumidor en contra de las exigencias de la buena fe, que le ocasiona un perjuicio y provoca un desequilibrio de derechos y obligaciones de las partes, y que puede considerarse abusiva de acuerdo con los términos en que esa cláusula predispuesta permita el vencimiento anticipado, pero no de la mera previsión, que no puede considerarse en sí ilícita, y no compromete la subsistencia del contrato. Respecto de la cláusula de intereses de demora, será abusiva si supusiera un interés incrementado en más de dos puntos porcentuales respecto del interés remuneratorio pactado para el préstamo personal.

Palabras claves: contrato de préstamo; cláusulas abusivas; interés de demora; vencimiento anticipado.

Casto Páramo de Santiago
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid

Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 231 (abril 2020)

Comprar Documento en ceflegal.com