Concurrencia aparente de seguros y derecho de repetición de la aseguradora

El presente caso trata de dar solución y argumentación jurídica a un supuesto de utilización de la llamada acción directa en materia de seguros, en concreto el derecho de repetición que ejercita quien ha indemnizado previamente se trata de emplear en una situación de concurrencia aparente de seguros. El siniestro tiene naturaleza de un hecho de la circulación y, por tanto, tiene vinculación con en el seguro que da cobertura a las posibles indemnizaciones a abonar a los vehículos afectados por el vehículo culpable; pero al mismo tiempo el vehículo causante del siniestro era un coche de empresa que quedaba al amparo de un seguro que aseguraba el riesgo de la responsabilidad civil empresarial. Las relaciones entre ambos seguros respecto del mismo vehículo con aparente cobertura en los dos seguros hacen complejo el ejercicio del derecho de repetición de la aseguradora que indemnizó respecto de la otra, derecho que se considera sin fundamento alguno.

Palabras claves: contrato de seguro, seguro del vehículo, seguro de empresa, concurrencia de seguros y derecho de repetición.

José Ignacio Atienza López
Letrado de la Administración de Justicia.
Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 193 (febrero 2017)

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