Delito de desobediencia por incumplimiento de régimen de visitas

Delito de desobediencia. Incumplimiento de régimen de visitas.  Elementos. Cantidad de incumplimientos.

Incumplimiento del régimen de visitas acordado en resolución judicial, al no llevar la recurrente "a sus hijos a la visita con sus abuelos programada para el día 15 de febrero de 2020, a la que había sido citada por el Punto de Encuentro.

Delito de desobediencia por incumplimiento de régimen de visitas acordado por resolución judicial, donde no es cuestión de cantidad, ya que la gravedad no depende del número de incumplimientos. Un único incumplimiento injustificado a una orden expresa y precisa emanada de la autoridad judicial es suficiente para dar sustento a una desobediencia que merezca la consideración de grave. Especialmente cuando ha ido precedido del correspondiente apercibimiento, en cuanto este, aun sin ser elemento de tipicidad, apuntala el conocimiento respecto a la orden de la autoridad, el alcance de la oposición al mandato y sus consecuencias, y disipa dudas acerca de la decidida voluntad de desobedecer que, desafiando aquellas, persiste. Se desatendió una orden concreta y expresa, conociendo que al hacerlo se desatendía un mandato judicial y las consecuencias que ello acarrearía. Y ello sin causa que justifique tal incumplimiento. Un comportamiento que exterioriza una negativa grave, que colma la antijuridicidad material que el tipo aplicado reclama.

Una gravedad que en el caso se potencia en atención a la naturaleza de la orden desatendida, el régimen de visitas judicialmente acordado, en cuanto que incide en el interés de los menores prevalente en la fijación de cualquier medida que les afecte. Sin despreciar que frustra las expectativas de quien a través del mismo consigue tenerlos en su compañía, compartiendo tiempo y espacio con ellos, en este caso los abuelos.

El incumplimiento puede acarrear consecuencias en el orden civil, como prevé el artículo 776.3 LEC que el recurso invoca, sin que por ello se diluya la relevancia penal de la desobediencia.

(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo penal, de 30 de diciembre de 2025, recurso 1615/2023)