Basta con usar un enganche ilegal de electricidad para consumar el delito de defraudación de energía eléctrica

Delito leve de defraudación de energía eléctrica. Defraudaciones del fluido eléctrico. 

El delito de defraudación de energía eléctrica se consuma por el simple hecho de disfrutar de la energía eléctrica no haciendo para ello falta la ejecución material del enganche a la red pues bien se puede consumar dicho disfrute aprovechando una conexión ya realizada, es decir, basta con disfrutar de la energía eléctrica sin pagar por ello, y así consta de las propias manifestaciones que los acusados vertieron en juicio y que integran suficiente prueba de cargo al intentar descargar su culpa alegando y cuestionando, cuanto menos, su participación en los hechos ya que el inmueble en cuestión fue asimismo ocupado por otra personas que pudieron ser las responsables del enganche a la red eléctrica.

(Sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza, sección 6.ª,  de 20 de marzo de 2019, recurso 207/2019)