Condena a un hombre por insultar reiteradamente a su expareja

Delitos contra la integridad moral. Delito leve de violencia contra la mujer. Vejaciones injustas de carácter leve.

Condenado a un hombre por proferir insultos y expresiones malsonantes contra su expareja cada vez que la veía. El juez considera que el condenado empleo conductas y comportamientos de menosprecio hacia su expareja y que en sus expresiones utilizó una dosis de violencia, “aunque mínima, puramente psíquica, con una finalidad claramente vejatoria, denigrante, degradante o humillante”. Expresiones malsonantes tales como que es una puta y una guarra y que tales hechos ocasionan a la víctima un enorme desasosiego e intranquilidad a la par que temor o miedo.

La presente causa concurre todos los requisitos para dar valor probatorio a la declaración de la víctima, eso es:

a) ausencia de incredibilidad subjetiva;
b) verosimilitud en cuanto a la existencia del hecho y, por último;
c) la persistencia en la incriminación, sosteniendo en el juicio celebrado lo que en su día se manifestó en sede policial.

Sin contar que el acusado reconoció los hechos haciendo innecesaria cualquier tipo de prueba testifical de cargo. Eso es, admitió que se excedió en su proceder merced a su virulencia verbal, llegando a molestar e incomodar a la víctima; ocasionándole un malestar que repercutía en su estado anímico.

El juez le condena como autor de un delito de vejaciones injustas de carácter leve a la pena de 10 jornadas de trabajo en beneficio de la comunidad, al pago de todas las costas procesales, y le prohíbe cualquier tipo de comunicación con su expareja así como que se aproxime a ella a una distancia inferior a los 100 metros en cualquier lugar en que ella se encuentre, durante los próximos 4 meses.

(Sentencia del Juzgado de primera instancia e instrucción nº 3 de Teruel, de 28 de junio de 2022, asunto 472/2022)