Interpretación del artículo 382 del CP cuando concurren varias infracciones en los delitos contra la seguridad vial

Se pretende la revisión de la doctrina sobre la interpretación del artículo 382 del CP en cuanto a la pluralidad de infracciones, no la doctrina sobre el homicidio imprudente o doloso, ni porque haya contradicciones entre las sentencias de las audiencias o con las del Tribunal Supremo en esta materia. Aceptar la casación de la sentencia por este motivo, eludiendo el recurso a las vías ordinarias, supone abrir una nueva instancia proscrita por el ordenamiento jurídico.

Palabras claves: unificación de doctrina; menores; centro cerrado; medida; homicidio; lesiones; imprudencia.

José Ignacio Esquivias Jaramillo
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚMS. 211-212 (agosto-septiembre 2018)

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