Sobre el supuesto derecho al insulto a los políticos (Comentario a la Sentencia 97/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Marbella)

El presente trabajo trata de analizar, desde un punto de vista crítico, la Sentencia 97/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Marbella, que absuelve al demandado de una posible intromisión ilegítima en el derecho al honor del demandante. Dicha absolución se basa en que frases como «hijo de puta» se encuentran amparadas por el derecho a la libertad de expresión cuando se dirige a un político.

Palabras claves: derecho al honor; libertad de expresión; límites; políticos.

Ramón Herrera de las Heras
Profesor titular de Derecho Civil.
Universidad de Almería

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚMS. 199-200 (agosto-septiembre 2017)

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