Honor versus libertad de expresión en el marco de la gestión política

Derechos fundamentales. Honor versus libertad de expresión. Crítica en el marco de la gestión política. Proporcionalidad de la crítica.

La crítica política va a ser un elemento imprescindible de resolución del caso, porque esa crítica, especialmente considerada en los casos de urbanismos, admite un campo de acción mayor que el de la libertad de información. El Derecho de “expresión” nos permite emitir juicios de valor, creencias, pensamiento u opiniones…, a diferencia del de “información” que es la simple comunicación de hechos. Existe una sobreprotección de la libertad de expresión en la crónica política (o de crítica política) contra el Ayuntamiento; pero con un límite: que no se incite al odio ni a la violencia, aceptando la “exageración, o la provocación.

(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil,  de 8 de noviembre de 2018, recurso 1060/2017)