Exigencias del tipo penal del delito de descubrimiento y revelación de secretos

Descubrimiento y revelación de secretos: Funcionario público. Significación penal de funcionario público y de ejercicio de funciones públicas.

El tipo penal objeto de análisis sanciona a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado, y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero. El bien jurídico protegido por el tipo penal es la libertad o privacidad informática de los individuos proyectada sobre los datos personales, no refiriéndose a la intimidad, entendida en el sentido que proclama el artículo 18.1 de la Constitución Española, sino a la autodeterminación informática. El acceso requiere también que se realice "en perjuicio" del titular o de un tercero y cuando se trata de datos sensibles, el perjuicio consiste en su mero conocimiento derivado del simple acceso. En este caso, las citas médicas, como base inicial y esencial del historial médico de una persona, son datos reservados no susceptibles de ser conocidos por cualquiera ya que en este caso, de que las visitas programadas lo eran para el servicio de obstetricia y, consecuentemente, eran reveladoras de circunstancias directamente vinculadas con la sexualidad de la paciente.

Respecto a la consideración de funcionario público de la acusada para aplicar el tipo agravado a pesar de ser solo sustituta, es independiente de las categorías y definiciones que nos ofrece el Derecho administrativo, pues la razón penal de su consideración es proteger de modo eficaz la función pública. No se exige las notas de incorporación ni permanencia, sino fundamentalmente "la participación en la función pública” y es indiferente que el funcionario público sea interino o de plantilla o contratada temporalmente ya que tienen similar cuadro de derechos y obligaciones.

(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo penal, de 16 de abril de 2024, recurso 1252/2022)