El interés del menor en los procedimientos relativos a su custodia

En todos los casos el interés de los hijos debe ser considerado primordial y más concretamente en los procedimientos relativos a la custodia de estos, en caso de divorcio, anulación o separación. En definitiva, cuando el interés del menor entra en conflicto con el de los progenitores o el de la entidad pública o familiares, el interés de los progenitores no resulta nunca preferente. A lo que añadiría, por igual, que cualquier otro institucional o familiar en conflicto con aquel estaría subordinado a él.

Palabras claves: entidad pública; interés del menor; adopción; custodia de menores.

José Ignacio Esquivias Jaramillo
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid

Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 214 (noviembre 2018)

Comprar Documento en ceflegal.com