Euroorden y certidumbre judicial europea

El asunto que tratamos atañe al proceso de construcción europea y versa sobre una circunstancia concreta que atenaza la colaboración directa entre autoridades judiciales europeas, en concreto, sobre la euroorden cursada por el juez instructor del Tribunal Supremo español en el conocido como «caso Puigdemont» y sus aristas. Se dedican estas líneas a la –digamos– azarosa deriva del caso citado en el actual contexto jurídico de la Unión Europea. Sin entrar en los pormenores, adelantamos que este asunto y sus concomitancias ha interferido considerablemente en la dinámica del poder judicial español, al pronunciarse los jueces receptores de las euroórdenes aludidas sobre resultancias fácticas, probatorias y argumentales de las que hay dudas de que puedan disponer o conocer, impidiendo al juez instructor español culminar la instrucción y al Tribunal Supremo ejercer su plena función jurisdiccional. La euroorden es instrumento de importancia en las relaciones entre Estados de la Unión, y cuya vigencia podría quedar en entredicho, tanto como los principios que lo informan y sus derivadas en la integración jurídica europea.

Palabras claves: euroorden; cooperación judicial; reconocimiento mutuo; integración europea; tutela de derechos.

Valle Gómez Herrera
Magistrada-juez de lo Penal
Juez decana de Jaén

José Ángel Marín Gámez

Profesor de Derecho Constitucional.
Universidad de Jaén

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 262 (noviembre 2022)

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