Extranjería. Autorización de residencia obtenida de forma fraudulenta

Extranjería. Residencia temporal fraudulenta. Extinción. Residencia legal. Solicitud de nacionalidad.

Autorización de residencia solicitada y concedida sobre la base de una relación laboral ficticia, simulación o fraude del que es partícipe la interesada y que, no sólo se oculta a la Administración para obtener dicha autorización de residencia, sino que, persistiendo en la ocultación, se utiliza dicha autorización para fundamentar una solicitud de adquisición de la nacionalidad por residencia que, con sustento en ella, es finalmente concedida, si bien, el fraude, producido antes de solicitar la nacionalidad, se detecta después de concedida y da lugar a la extinción posterior de aquella autorización de residencia.

La cuestión no estriba en determinar cuál deba ser la eficacia en el tiempo que haya de darse a esta resolución de extinción de la autorización de residencia en virtud del art. 39.1 de la Ley 39/2015, sino en examinar el cumplimiento de un requisito para acceder a la nacionalidad al amparo del art. 22 del Código Civil, la residencia legal, y si este requisito puede entenderse cumplido cuando se invoca en la solicitud sabiendo que su obtención ha sido fraudulenta.

Los requisitos para acceder a la nacionalidad han de concurrir al tiempo de solicitarla y en la solicitud no puede invocar una residencia legal quien conoce que la autorización de residencia que la ampara se sustenta en una relación laboral simulada o ficticia.

La sentencia señala que el requisito de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior establecido en el art. 22 del Código Civil para la adquisición de la nacionalidad española por residencia no puede entenderse cumplido al tiempo de la solicitud en aquellos supuestos en los que se invoca para su adquisición una autorización de residencia obtenida de forma fraudulenta, aunque el fraude, ocultado al solicitar la nacionalidad, sea constatado por la Administración después de haberla concedido, determinando entonces la extinción de aquella autorización.

(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo contencioso administrativo,  de 2 de noviembre de 2021, recurso 5945/2020)