Juicios verbales y trámite de conclusiones

En los juicios verbales no aparece regulado, dentro de la Ley de Enjuiciamiento Civil, un trámite específico de conclusiones tras la práctica de la prueba. A través del recurso de apelación en procedimientos de cuantía superior a 3.000 euros, se solicita la nulidad de lo actuado cuando dicho trámite es denegado.

Palabras clave: juicio verbal, trámite de conclusiones, nulidad de actuaciones.

 

M.ª del Mar Cabrejas Guijarro
Magistrada del Juzgado n.º 55
de Primera Instancia de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 141 (octubre 2012)

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