El delito de malversación de caudales públicos del artículo 432 del Código Penal y su dificultad actual para luchar de forma práctica contra la corrupción

En el ordenamiento jurídico español el tipo básico penal de la lucha contra la corrupción es el delito de prevaricación, si bien no es tan importante a efectos de punición como otros tipos penales que le acompañan, en especial el delito de malversación, el fraude o el cohecho, a diferencia de otros ordenamientos en los que existe un tipo genérico de delito de corrupción. Esta diversidad de tipos no ayuda a una lucha eficaz contra el fenómeno endémico de la corrupción, no tanto por la dificultad de insertar hechos punibles en tipos, sino sobre todo por la falta de una prevención general real y la dificultad de restituir los efectos económicos del delito, existiendo en la sociedad española no solo la percepción de que la corrupción existe en todos los estamentos, sino que las conductas corruptas salen a cuenta por no ser adecuadamente sancionadas. España tiene el reto de mejorar sus normas penales y la aplicación de las mismas para que tales percepciones cambien sustancialmente en los próximos años. Para ello el presente artículo analiza la configuración actual del delito de malversación, la problemática en su aplicación por los tribunales, descendiendo a la práctica forense reciente, y propone modificaciones de lege ferenda que permitan terminar con esta lacra.

Palabras claves: malversación; corrupción; fraude; decomiso; prevaricación; Administración.

Ignacio Rodríguez de la Riva
Abogado. De la Riva y Pastor Abogados (España)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 268 (mayo 2023)