Garantía jurisdiccional de derechos de crédito: hacia un proceso monitorio no plenamente judicial

La necesidad de contar en el ordenamiento jurídico con mecanismos procesales que permitan la efectiva y eficiente tutela y garantía jurisdiccional de los derechos de crédito no precisa de mayores justificaciones: es una perentoria exigencia para un correcto desenvolvimiento del tráfico jurídico y económico, y una crucial herramienta para la real vigencia del Derecho Privado. El Derecho Procesal, muy singularmente su subsector civil, atraviesa en estos momentos modificaciones incuestionablemente rotundas que afectan a la práctica totalidad de sus componentes. El exitoso proceso monitorio resulta un buen exponente de tal empeño innovador acometido por el legislador. En estas páginas se propone analizar tales renovaciones ejecutadas en esa modalidad tan utilizada en la praxis forense. De igual forma, en un enfoque más profundo, se buscará reflexionar sobre si esos bruscos cambios pueden desnaturalizar o descatalogar de algún modo al proceso monitorio, mutando en consecuencia lo que ha de ser un medio de asegurar jurisdiccionalmente los aludidos derechos crediticios.

Palabras clave: monitorio, procedimiento, garantía, administración.

 

Eduardo Sánchez Álvarez
Doctor en Derecho por el Departamento
de Derecho Procesal de la UNED

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 138 (julio 2012)

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