Exigencia de control metrológico para la validez probatoria del mecanismo foto-rojo

Recurso de casación en interés de la ley. Acción administrativa. Procedimiento sancionador. Sanciones de tráfico. Dispositivo foto-rojo. Empleo de dispositivos para sancionar a quienes sobrepasen semáforos en rojo: mecanismo foto-rojo y la exigencia de control metrológico para la validez probatoria. Anulación de una sanción de tráfico de 100 euros y retirada de cuatro puntos del permiso de conducir que había sido impuesta por infracción grave, consistente en saltarse un semáforo en rojo en un paso de peatones, interpuesta en función de la imagen captada por un dispositivo 'foto-rojo' que captó la imagen del vehículo al sobrepasar el semáforo en esa fase, constando en autos la secuencia de 6 fotografías y un video.

Evidentemente, si la denuncia formulada por un Agente de la Autoridad goza de presunción de certeza, únicamente sobre hechos por él constatados, solo puede tener valor como prueba de cargo si existen garantías de la regularidad técnica y no manipulación del aparato.

El mecanismo se sujeta a la norma UNE 199142-1-2015, del que resultan dos sistemas de captación: un sensor de ciclo semafórico, y otro sensor de paso de vehículos por la línea de parada. No existe por tanto un control mediante cable o célula fotoeléctrica, sino una medición de intensidad lumínica, por medio de análisis de imagen. De ahí que quepa concluir, que el aparato no cuenta, sino que mide la intensidad lumínica en una grabación al parecer continuada, de la que extrae secuencias y este " medir " ya es suficiente para incardinar al aparato, en control metrológico como medio de garantizar algún tipo de control técnico sobre el mismo. (Vid., STS, de 12 de noviembre de 2015, rec. núm.  816/2015, en el mismo sentido).

(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo contenciosa administrativo,  de 14 de diciembre de 2017, recurso 2453/2016)