La apropiación indebida de una procuradora sobre cantidades entregadas en procedimientos judiciales. Comentario a la STS 256/2020 de la Sala 2.ª

En este trabajo comentamos la sentencia de la Sala 2.ª del Tribunal Supremo núm. 256/2020, en la que se condenó por apropiación indebida a una procuradora que retuvo las cantidades derivadas de dos procedimientos judiciales, que había recibido a nombre de la misma sociedad mercantil. La recurrente alegó que la empresa a la que representaba le adeudaba una serie de honorarios profesionales, por lo que ella decidió no restituir los importes percibidos hasta que se procediese a la liquidación correspondiente. Aquí atendemos a los argumentos expuestos por el Alto Tribunal a propósito del momento de consumación del delito, de la existencia del animus rem sibi habendi, y sobre el derecho de retención.

Palabras claves: apropiación indebida; procurador; honorarios profesionales; animus rem sibi habendi; derecho de retención.

Daniel González Uriel
Juez titular. Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción núm. 2 de La Seu d´Urgell
Profesor-tutor en los grados en Derecho y Criminología. UNED (La Seu d´Urgell)


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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 241 (febrero 2021)

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