Solicitudes de protección de los derechos de propiedad intelectual en las aduanas

Reglamento de Ejecución (UE) n.º 1352/2013 de la Comisión, de 4 de diciembre de 2013, por el que se establecen los formularios previstos en el Reglamento (UE) 608/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la vigilancia por parte de las autoridades aduaneras del respeto de los derechos de propiedad intelectual.

A tenor del Reglamento (UE)  608/2013,  donde se determinan las condiciones y procedimientos de intervención de las autoridades aduaneras en relación con mercancías sospechosas de vulnerar un derecho de propiedad intelectual que estén, o debieran estar, bajo vigilancia o control aduanero; se hace preciso regular por medio de este reglamento, (DOUE de 18 de diciembre), la solicitud de las personas y entidades debidamente legitimadas  que se presenten en el departamento competente de aduanas para que las autoridades aduaneras intervengan dichas mercancías.

Podrán solicitar también la ampliación del plazo durante el cual las autoridades aduaneras deben intervenir de conformidad con una solicitud aceptada (petición de ampliación del plazo).

Por último, el reglamento  especifica las notas necesarias para la cumplimentación de ambos formularios.

El Reglamento (UE) 608/2013 relativo a la vigilancia por parte de las autoridades aduaneras del respeto de los derechos de propiedad intelectual, se aplica a partir del 1 de enero de 2014 y, en consecuencia, el presente Reglamento debe ser aplicable también a partir de la misma fecha.