Formación obligatoria para trabajar con préstamos hipotecarios responsables: ¿dónde y cómo formarse?

Firma de préstamo hipotecario frente a la maqueta de una casa

El personal que informa y comercializa préstamos inmobiliarios, el personal directivo, los analistas de riesgos, quienes diseñan este tipo de operaciones, así como quienes asesoran en las mismas, tienen que tener una formación específica que se detalla en la Orden ECE/482/2019, de 26 de abril, que modifica la Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios, y la Orden ECE/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.

Además de una mayor formación, las malas prácticas bancarias cada vez se encuentran más perseguidas por la Justicia y la Administración, siendo el último varapalo para el sector bancario una sentencia del Tribunal Supremo, que especifica que la Administración tiene potestad para sancionar por la utilización de cláusulas abusivas en los contratos bancarios con consumidores y usuarios, con las sanciones previstas en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, sin que exista una necesidad previa de declaración judicial del orden civil.

La Administración busca imponer nuevas medidas para favorecer la transparencia en la contratación de préstamos inmobiliarios y abrir la vía para un nuevo tipo de préstamo, el préstamo responsable, en el que no existan cláusulas abusivas y el prestamista este debidamente informado de las cláusulas del préstamo, sus derechos y sus obligaciones.

En concreto, en la orden se especifica que se debe utilizar un ejemplo representativo en la publicidad y en la información precontractual general, además se exigen unos requisitos mínimos de conocimiento y competencia al personal de prestamistas e intermediarios inmobiliarios, así como la entrega de una ficha con advertencias estandarizadas al prestatario durante la fase precontractual y de la información, que el prestatario de un préstamo en moneda extranjera debe recibir durante la vigencia del contrato.

¿En qué materias es obligatorio formarse para poder trabajar con préstamos hipotecarios?

En relación con la formación necesaria para poder trabajar otorgando préstamos hipotecarios, el artículo segundo, apartado doce de la referida Orden ECE/482/2019, que da nueva redacción al artículo 32 bis de la Orden EHA/2899/2011, especifica que debe existir formación en las siguientes materias:

  • Características, diseño y tipología de los préstamos inmobiliarios.
  • Implicaciones fiscales generales y gastos en que vaya a incurrir el cliente en el contexto de las operaciones, y de los servicios accesorios que se ofrezcan junto con ellos, especialmente de los seguros accesorios al préstamo hipotecario.
  • Riesgos asociados a los productos de préstamo que ofrece al potencial prestatario, incluyendo, en el caso de préstamos a tipo variable, los posibles efectos de los cambios de los tipos de interés en la cuota, y en los casos de los préstamos en divisa, de los efectos de las posibles variaciones del tipo de cambio.
  • Legislación relativa a los contratos de préstamo inmobiliario ofrecidos a los potenciales prestatarios, en particular en lo que respecta a la protección del prestatario.
  • Proceso de adquisición de bienes inmuebles.
  • Estimación de los costes y gastos totales en los que va a incurrir el cliente en el contexto de las operaciones de préstamo y servicios que ofrece al potencial prestatario.
  • Tasación de las garantías.
  • Derecho de elección de notario, del funcionamiento de las notarías, y de la organización y del funcionamiento de los registros de propiedad.
  • Mercado de préstamos inmobiliarios, en particular de la evolución de los precios de las viviendas y de la evolución de los tipos de interés, para poder evaluar la conveniencia de la operación.
  • Normas deontológicas del sector.
  • Proceso de evaluación de la solvencia de los potenciales prestatarios, haciendo especial énfasis en los conocimientos necesarios para valorar adecuadamente los informes de riesgo que emite la Central de Información de Riesgos del Banco de España.
  • Materias financieras y económicas, incluyendo el efecto de las cifras económicas y acontecimientos nacionales e internacionales en los tipos de interés y el mercado inmobiliario.
  • Conocimiento adecuado que permita identificar correctamente a las personas del mercado objetivo para las que se ha diseñado el préstamo inmobiliario.

Para todos aquellos profesionales que se encuentren o deseen estar al servicio del prestamista de crédito inmobiliario, o sean o quieran ser intermediarios de crédito inmobiliario, el CEF.- pone a su disposición el Curso para Asesores y Personal de Crédito Inmobiliario, donde podrán obtener la formación exigida por esta nueva normativa para poder desarrollar su labor profesional. Es de destacar que los módulos de formación obligatorios deben tener un mínimo de 50 horas y que, en ningún caso, la actividad de formación y la de certificación de que se poseen dichos conocimientos podrá realizarse por la misma entidad o empresa.

José Ramón Fernández de la Cigoña Fraga
Colaborador del CEF.-