Responsabilidad notarial en el juicio de identidad de los comparecientes

El presente supuesto hace patente la importancia de verificar por parte de los notarios, de forma diligente, el trámite de adecuada identificación de las personas que ante él comparecen para otorgar una escritura. La cualificación jurídica de estos profesionales exige un añadido de rigor a la hora de verificar este trámite para evitar las suplantaciones de personalidad, dada la confianza que la sociedad deposita en estos juristas, y, sobre todo, en un caso en que la persona comparece con una fotocopia del DNI, lo que debió acentuar su celo y diligencia a la hora de su identificación. Igualmente el caso delimita la naturaleza y requisitos propios de la responsabilidad civil notarial en la que se incurre para supuestos como el descrito, que obligan a la condena del notario.

Palabras claves: notario; responsabilidad civil; juicio de identidad.

José Ignacio Atienza López
Letrado de la Administración de Justicia.
Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 229 (febrero 2020)

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