Padre que pierde la custodia compartida por su tabaquismo y riego de salud de sus hijos

fumando delante de menores

Procedimiento de divorcio. Salud de los menores. Custodia compartida. Custodia monoparental. Tabaquismo del padre. Procedimiento en del divorcio de las partes que cuenta con 2 hijos menores de edad, donde se discute la custodia compartida. No es acertada la decisión de adoptar el régimen de custodia compartida atendiendo al interés de los menores, por cuanto los menores tienen que soportar el ambiente cargado de humo con motivo del tabaquismo de su padre, andando datos que ilustra el poco interés que éste tiene en preservarlos del riesgo objetivo que supone estar los menores en un ambiente cargado de humo, gráficamente lo describe el hijo mayor a propósito de dormir en la habitación que tiene aire acondicionado con un colchón, habiendo estado el padre fumando en esa in habitación. En esta situación y debiéndose de evitar cualquier tipo de situación de riesgo para los menores, es evidente que el proceder del padre pone en situación de peligro la salud de los menores de forma absolutamente irresponsable y sin mirar a otra cosa que no sea a su adicción. No puede permanecer esta sala indiferente ante esta situación que, como hemos dicho, perjudica a los menores en su salud, lo que ha de tener la adecuada respuesta pues no sería lógico que a los menores no se protegieran en su hogar de aquello que respecto a lo que la sociedad se cuida mucho en proteger para cualquier ciudadano, pero es que, además, da noticias muy claras de cuáles son las prioridades del padre, posponiendo la propia salud de sus hijos a su tabaquismo.

Razones que permite excluir como solución adecuada la custodia compartida acordada la instancia, con estimación, por lo tanto, del recurso de la madre fijando un régimen de guarda monoparental a su favor, con régimen de visitas y estancias en vacaciones escolares a favor del padre, con apercibimientos derivados del riego para los menores de fumar en su presencia en lugares cerrados como hasta ahora ha venido haciendo.

(Sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba, sección 1ª,  de 18 de septiembre de 2018, recurso 708/2018)