Reproductor multimedia que permite por internet ver en televisión películas protegidas por derechos de autor sin autorización

Propiedad intelectual e industrial. Publicación de obras sin autorización del titular. Derecho de reproducción. Comunicación al público.  La venta de un reproductor multimedia que permite ver gratuita y fácilmente, en una pantalla de televisión, películas disponibles ilegalmente en Internet puede constituir una vulneración de los derechos de autor. Y es que la reproducción temporal en dicho reproductor de una obra protegida por derechos de autor obtenida mediante difusión en flujo continuo («streaming») desde un sitio de Internet perteneciente a un tercero en el que la referida obra se ofrece sin autorización del titular de los derechos de autor, no están exentos del derecho de reproducción. En su sentencia, el Tribunal de Justicia confirma que la venta de un reproductor multimedia como el controvertido constituye una «comunicación al público» en el sentido de la Directiva 2001/29, sobre  armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información. El hecho de facilitar en una página de Internet enlaces sobre los que se puede pulsar y que conducen a obras protegidas publicadas sin ninguna restricción de acceso en otra página de Internet ofrece a los usuarios de la primera página un acceso directo a dichas obras. Así sucede también cuando se vende el reproductor multimedia controvertido, en el que se han preinstalado extensiones, disponibles en Internet, que contienen hipervínculos que reenvían a sitios de Internet libremente accesibles al público en los que se ponen a su disposición obras protegidas por derechos de autor sin la autorización de los titulares de tales derechos.

(Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sala Segunda, de 26 de abril de 2017, asunto C-527/15)