Procedimiento de responsabilidad civil de aforados en única instancia

Protección del honor. Aforamiento de diputados. Procedimiento de responsabilidad civil de aforados en única instancia. Libertad de expresión. Debate político.

Declaraciones de autoridad pública sobre la pareja de una conocida política. La inviolabilidad e inmunidad parlamentarias son dos prerrogativas, que, teniendo distinto contenido y finalidad específica, encuentran su fundamento en el objetivo común de garantizar la libertad e independencia de la institución parlamentaria, y en tal sentido son complementarias. Al servicio de este objetivo se confieren los privilegios, no como derechos personales, sino como derechos reflejados de los que goza el parlamentario en su condición de miembro de la Cámara legislativa y que sólo se justifican en cuanto son condición de posibilidad del funcionamiento eficaz y libre de la institución. Pero estos privilegios, sólo consienten una interpretación estricta, debiendo rechazarse, en su consecuencia, todo criterio hermenéutico permisivo de una utilización injustificada de los privilegios, que conduzca a un resultado de privación, constitucionalmente ilícita, de la vía procesal pertinente prevista en la Ley. La inviolabilidad no debe proteger lo que no sean expresiones u opiniones emitidas en el ejercicio de la función parlamentaria. Solamente es aplicable la inviolabilidad a las opiniones expresadas en el Parlamento, en el curso de las reuniones reglamentariamente convocadas de sus órganos.

Por tanto, la demandada, pese a ser diputada en el Congreso no goza, a estos efectos, de inviolabilidad parlamentaria, sin perjuicio de que ello tenga relevancia para la ponderación de su libertad de expresión.

En cualquier caso, las expresiones objeto de la demanda, aunque sean desabridas e hirientes, no son atentatorias contra el honor del demandante, porque tienen base fáctica suficiente (no necesariamente exacta), no contienen expresiones injuriosas o insultantes y se enmarcan en el ámbito del debate político, en un contexto en que se utilizan las conductas de familiares o allegados de políticos para hacer recaer sobre ellos la responsabilidad política o ética derivada de tales conductas, y la demandada, en cuanto que diputada, tiene una libertad de expresión reforzada.

(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, de 26 de mayo de 2025, recurso 5/2024)