Determinación de los apellidos de un recién nacido y la posibilidad del cambio

Para el cambio de apellidos de un recién nacido, no se tienen en cuenta las razones históricas. No será tanto por la posible pérdida del apellido, ni siquiera porque no se haya podido probar la situación de hecho, que no es tal porque el menor acaba de nacer, sino porque el apellido proviene de la línea paterna y no resulta de una única, materna o paterna. El nombre compuesto no es un impedimento, como tampoco el argumento de la falta de perdurabilidad.
La interpretación correcta del artículo 109 del CC nos permite decir que el precepto no discrimina el apellido futuro compuesto porque no esté así inscrito en el registro civil por el ascendiente. Tampoco se observa problema alguno en el tráfico jurídico. Y no se impide la alteración del orden: primero, simple (el de la madre); segundo, compuesto (el del padre), en su caso. Tampoco es un problema que el apellido compuesto del padre impida considerar legítimo el de la madre, porque nunca ese segundo del padre tendrá que ver con el de la madre.

José Ignacio Esquivias Jaramillo
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 256 (mayo 2022)

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