Derecho de los padres de un niño que se rompió una pierna en el instituto a ser indemnizados

Derecho de los padres de un niño que se rompió una pierna en el instituto a ser indemnizados

Responsabilidad patrimonial de la administración. Educación. Daños en instituto.  Derecho de los padres de un niño que se rompió una pierna en el instituto a ser indemnizados con 90.000 euros. Se fracturó el fémur en el gimnasio de su Instituto de Educación Secundaria (IES) cuando se disponía a saltar el aparato denominado potro sin supervisión adulta y un compañero se interpuso en su camino. La administración alego que se produjo “cuando la profesora intentaba mantener el orden, sin que se hubiese encomendado a los alumnos la relación de actividades físicas o deportivas, habiéndose producido el accidente burlando la vigilancia de la profesora mientras ésta reprendía a otros alumnos por saltar en las colchonetas, siendo un hecho imprevisto e imposible de evitar; si bien, esta Sala considera que la administración educativa no puede eludir su responsabilidad y los alumnos estaban en el gimnasio de la escuela utilizando los aparatos, entre ellos, el potro, que normalmente, es notorio exige colocar una colchonetas alrededor para amortiguar las caídas donde los profesores “tenían que representarse los peligros inherentes a dejar a su albedrío a adolescentes en un gimnasio. La clase “estaba descontrolada” y el profesor de Gimnasia, al marcharse, “debió dejar a los alumnos alguna actividad que pudieran hacer sin peligros en el gimnasio, o la profesora de Música haberlos agrupado donde los pudiera, la menos, observar o supervisar. Para la indemnización, toma en consideración que el niño tenía 13 años cuando sucedió el accidente y que éste le causó secuelas que han determinado alguna limitaciones de por vida.

(Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo contencioso administrativo,  de 06 de febrero de 2018, recurso 109/2016)