Violación de secreto revelado por funcionario público

Delito de violación de secreto agravado. Delito agravado de aprovechamiento de secreto revelado por funcionario público.

La Ley Orgánica de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado impone a los miembros de aquellos la obligación de guardar riguroso secreto respecto a todas las informaciones que conozcan por razón o con ocasión del desempeño de sus funciones.

La conducta del acusado, consistente en informar a los coacusados permitiéndoles conocer a ciencia cierta que estaban siendo sometidos a una investigación policial por lo que el elemento subjetivo está presente. Ante la revelación de secretos o informaciones no solo debe responder el funcionario o autoridad que los divulga infringiendo su deber de confidencialidad, sino también el particular que no se limita a recibir la información sino que la utiliza en su beneficio o en el de un tercero.

En principio, por aprovecharse deberá entenderse la obtención de algún tipo de ventaja o beneficio (no solo de carácter económico). Se ha considerado en ocasiones el castigar al particular, como el reverso del delito. Precisa de la conducta previa del funcionario o autoridad revelando un secreto o información de los que haya tenido conocimiento por razón de su cargo y que no deban ser divulgados, de forma que ese aspecto deberá ser abarcado también por el dolo del autor.

(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo penal, de 13 de marzo de 2020, recurso 724/2018)