Un juez autoriza forzar a un anciano a hacerse el test de la covid-19

Salud Pública. Acción administrativa. Ejecución forzosa. Autorizaciones o ratificaciones de medidas sanitarias.

Los actos administrativos que impongan una obligación personalísima de no hacer o soportar podrán ser ejecutados por compulsión directa sobre las personas en los casos en que la ley expresamente lo autorice y dentro siempre del respeto debido a su dignidad y a los derechos reconocidos en la Constitución, y en este caso asi ocurre con los artículos 1 a 3 de la ley 3/1986 de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública. Por ello, un Juzgado de lo Contencioso autoriza el sometimiento forzoso a la prueba de covid-19 de un varón de 80 años residente en un centro para mayores, ante su negativa a someterse al test y “empleando para ello la fuerza mínima indispensable o el medio menos invasivo posible.

La petición formulada por la coordinadora de un Centro Sociosanitario para que se obligue a hacerse la prueba del coronavirus a un interno que, si bien no está incapacitado por orden judicial, presenta un trastorno paranoide de la personalidad y no accede a que le hagan el test.

La autoridad judicial explica que la negativa del interno compromete su propia salud y la del resto de residentes, trabajadores o visitantes del centro, siendo público y notoria la perentoriedad en la realización de las pruebas diagnósticas del virus a fin de combatir la propagación incontrolada de aquel, particularmente en un centro de mayores.

El legislador atribuye a la autoridad sanitaria la facultad de solicitar la medida y a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo la autorización o ratificación judicial de las medidas que las autoridades sanitarias consideren urgentes y necesarias.

(Auto del Juzgado de lo Contencioso administrativo nº 5 de Palmas de Gran Canaria,  de 29 de ABRIL de 2020, recurso 137/2020)