Informe de sostenibilidad económica en la aprobación de los instrumentos de ordenación urbana

Urbanismo. Modificación de plan general. Estudio de sostenibilidad económica. Nulidad de modificacion urbanística.

Confirmada la nulidad de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid 1997, en el ámbito del nuevo Área de Planeamiento denominado "Metro Cuatro Caminos", por ausencia del preceptivo estudio o memoria de sostenibilidad económica. Tanto el informe o memoria de sostenibilidad económica o, en caso de actuaciones en suelo urbano, la memoria de viabilidad económica, "constituyen requisitos necesarios para la aprobación de tales instrumentos de ordenación y que su omisión comporta la nulidad de pleno derecho de los mismos.

El alto tribunal tampoco admite que, en vez de decretarse la nulidad de la Modificación del Plan, se debería dar la oportunidad de que tanto la memoria económica como incluso la evaluación ambiental pudieran realizarse en trámite de ejecución de sentencia, como un elemento más del nuevo planeamiento que se incorporaría a la Modificación que ya habría causado estado.No es admisible lo pretendido ahora por las partes recurrentes de que limitemos el pronunciamiento de nulidad por un trámite de la Modificación para que dicho trámite se subsane tras nuestra sentencia, a modo de ejecución, adquiriendo con ello la Modificación plena vigencia. Porque esa solución es contraria a la misma naturaleza de una declaración de nulidad.

Sería una solución contraria a la propia lógica jurídica, "porque si con los informes que han de emitirse en la aprobación de los instrumentos de ordenación urbana se pretende, como ya antes se dijo, ofrecer al planificador elementos de juicio para poder acoger, entre las opciones admisibles, aquella que sea más acorde a los intereses en conflicto en la ordenación territorial o urbana, así como la de evitar la arbitrariedad, en cuanto esos informes servirían de motivación a la decisión acogida, es manifiesto que si esos informes han de evacuarse cuando ya el Plan, la Modificación, está aprobada; difícilmente puede servir a tales fines y difícilmente podrían emitirse sin contar con lo ya decidido".

(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo contencioso administrativo, de 5 de julio de 2022, recurso 4677/2021)