El TS absuelve a una jugadora en grupo de lotería que no compartió el premio especial a la fracción

Delito de apropiación indebida. Sorteo lotería. Cuotas de participación. Absolución.

Se absuelve a una mujer que había sido condenada a un año y medio de prisión por no repartir el premio extraordinario a la fracción de un número de lotería también premiado y que compartía con otras 5 personas.  Cada uno de quiénes jugaban a los dos números lo hacían por su correspondiente título, un décimo, pero no había asignación de cuotas respecto del premio especial.

La recurrente cumplió con la obligación asumida, repartir los décimos de los números de la lotería adquiridos, trasmitiendo a cada uno de los jugadores la parte que había comprado, y lo hace incluso cuando sabe que está premiado. Consecuentemente, la acusada repartió los billetes premiados en la cuantía que cada uno jugaba, el contrato vigente entre quienes jugaban se cumplió. Respecto al premio especial, no existía un pacto que determinara una asignación de cuotas sobre las que cada uno de los jugadores podía tener una expectativa de cobro.

Los hechos podrían tener un encaje una reclamación de cantidad o, incluso, en un delito de estafa, que fue objeto de acusación por el Ministerio fiscal, pues podríamos argumentar que sobre este premio especial existirían las expectativas de premio que han sido puestas en peligro por la acción de la acusada al sustraerlas de un reparto potencial y, en definitiva del patrimonio de los perjudicados, pero en este caso sólo se referiría a los tres que recibieron su título después de premiado, es decir, en casación ya no era objeto del caso y en esta alzada, en casación, también tiene vigencia las exigencias del principio acusatorio. El delito de estafa y el delito de apropiación indebida son delitos heterogéneos. Además, la Sala considera que las expectativas defraudadas pueden tener encaje en una reclamación ante la jurisdicción civil pero no en el delito de apropiación indebida. Voto Particular

(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo penal,  de 4 de diciembre de 2019, recurso 2145/2018)