Habeas corpus. Información de derechos

A los agentes estatales responsables de la custodia de un detenido les corresponde informar al detenido por escrito, de forma inmediata y comprensible, no sólo de los derechos que durante tal condición le corresponden, sino también de los hechos que se le atribuyen y de las razones objetivas sobre las que se apoya su privación de libertad; y cuando éste sea el caso y el detenido lo solicite, deben también proporcionarle acceso a aquellos documentos o elementos de las actuaciones en los que se apoye cautelarmente la decisión cautelar.

(Sentencia del Tribunal Constitucional, Sala primera,  de 5 de marzo de 2018, recurso 3766/2016)